Como
ya mencionamos anteriormente en los antecedentes históricos del sindicalismo en
Colombia, las condiciones laborales en nuestro país durante el siglo XIX e
inicios del siglo XX no eran las mejores, ya que no había ningún tipo de ley
que reglamentara la relación laboral, por lo que los empresarios sometían a sus
colaboradores a extenuantes jornadas
laborales sin recibir una retribución económica acorde, es más, en muchas
ocasiones cancelaban gran parte de los salarios en bonos y no en dinero, no
existían ningún tipo de prestaciones sociales, no se tenía ningún tipo de
control sobre el trabajo infantil, ni
mucho menos se preocupaban por la prevención de accidentes de trabajo o
enfermedades laborales; situación que se fue mejorando poco a poco por medio de
la creación de sindicatos y centrales obreras que lograron presionar al gobierno y a los
mismos
empresarios a través de huelgas a adoptar medidas que contribuyeran al
mejoramiento de la calidad de vida de los trabajadores.
Adicional
al mejoramiento de las condiciones labores básicas, lo sindicatos también han
contribuido con la protección de los derechos de los trabajadores, como, por
ejemplo, las justas causas para la terminación de los contratos laborales, la
no discriminación por alguna característica que posea ya sea raza, religión,
género, etc., la implementación de lugares seguros para el desempeño de
actividades y el suministro de elementos de protección individual y ropa de
trabajo adecuados. Adicional, en algunas oportunidades han logrado beneficios
extralegales como primas adicionales, alimentación, transporte, auxilios
educativos, auxilios de vivienda entre otros.
Teniendo
en cuenta lo anterior debemos reconocer la ardua labor de las anteriores generaciones
que nos permite gozar de los beneficios o derechos con los que contamos
actualmente, aunque también debemos aceptar que nos queda muchos factores por
mejorar; por ejemplo, para nadie es un secreto que el salario mínimo legal que
para este año 2018 según (Diario El País , 2017) quedo en $781.242 no
es suficiente para cubrir las necesidades básicas de una familia, o que los
$88.211 que corresponden al auxilio de transporte no alcanza a cubrir el costo
de los transportes de ida y regreso que tiene que tomar una persona para
asistir a su trabajo de lunes a sábado, es decir, 25 días al mes; adicional a
esto han aparecido nuevas figuras en derecho laboral, como los son: los
contratos laborales de dirección, manejo y confianza que no reglamenta el
horario a las 48 horas de trabajo
semanales por lo que no hay lugar al pago de horas extras, los contratos por
prestación de servicios, que no exige el
pago de prestaciones sociales y que en muchas ocasiones se utiliza de una forma
errada.
Por
otro lado, es importante tener en cuenta la situación del mercado laboral de
nuestro país, donde predomina la informalidad y existe un alto nivel de desempleo;
según (Revista Semana, 2015) desde el año 2010
varias empresas multinacionales como Bayer, Michelin, Mondelez y la Compañía
Colombiana Automotriz (CCA) encargada de ensamblar carros Mazda, cerraron sus
plantas de fabricación en Colombia, ya que era mucho más económico importar sus productos de
países como México teniendo en cuenta los beneficios arancelarios obtenidos
tras la firma del TLC, que producirlos desde nuestro país debido a la carga
prestacional de sus empleados, los costos de materias primas y los impuestos,
lo que generó el despido de 1.500 personas aproximadamente.
Podemos
concluir que, si bien es cierto que uno de los objetivos principales de los
sindicatos es velar por el bienestar de sus miembros, éstos no pueden pretender
obtener beneficios adicionales que para ser cubiertos pongan en riesgo la
estabilidad económica de las empresas, ya que a largo plazo podría desencadenar
en el cierre de las mismas y en consecuencia la pérdida de sus trabajos, aún más
cuando hablamos de medianas empresas, donde la carga prestacional los ha
obligado a incrementar los precios de sus productos logrando que no sean
competitivos respecto al mercado, que sus gastos sean superiores a sus ingresos
operacionales y culminando con liquidación de las mismas.
Maira Contreras
Profesional en Gestión de Seguridad y Salud Laboral
IV semestre
Referencias
Diario El País . (30 de Diciembre de 2017). Así quedó
el salario mínimo para el 2018 en Colombia. Obtenido de El Pais:
http://www.elpais.com.co/economia/salario-minimo-2018-asi-quedo-el-aumento-en-colombia.html
Revista Semana. (23 de mayo de
2015). ¿Por qué se van las grandes multinacionales? Obtenido de
Semana:
https://www.semana.com/economia/articulo/por-que-se-van-las-grandes-multinacionales-de-colombia/428733-3
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